¿Qué régimen tributario le corresponde?
Ingrese su facturación estimada y obtenga en segundos: el régimen aplicable a su caso, los costos fiscales fijos y una alerta si está cerca de su límite. Basado en la normativa vigente 2026.
- 3 regímenes comparados
- 2026 normativa actualizada (Decreto 310/025)
- $0 costo de la herramienta
- CCEAU matrículas 61148 · 225636
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Costos fiscales fijos estimados
| Concepto | Por mes |
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Los tres regímenes en su caso
Cuáles habilita su nivel de facturación y cómo se compone el costo de cada uno. No mostramos un único número por régimen porque no son comparables entre sí: el cálculo exacto depende de su caso.
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Esta herramienta es una guía orientativa basada en la normativa 2026. El cálculo exacto de su caso —aportes BPS según su ficto, IVA real con deducción de compras, IRAE y deducciones particulares— lo realizamos en el estudio.
Consultar al estudioDescargo profesional: Estimación orientativa según normativa vigente 2026 (Decreto 310/025; Ley 18.083 y modificativas). Los montos en pesos corresponden a los valores oficiales de DGI y BPS con vigencia enero 2026 (UI al 01/01/2026: $ 6,42). Las cuotas del Monotributo son los valores mínimos publicados por BPS para empresas unipersonales sin dependientes; en Literal E y Régimen General se muestra la base fija conocida, y el importe real varía según el ficto BPS, la actividad y la situación particular. Esta herramienta no sustituye la liquidación profesional.
Lo que más se consulta sobre regímenes tributarios
¿Qué pasa si supero el tope de mi régimen?
Si supera el tope anual del régimen, debe migrar al siguiente: de Monotributo a Literal E, o de Literal E a Régimen General. El cambio conviene planificarlo antes de superar el límite, para evitar quedar en infracción ante DGI o BPS. Lo recomendable es revisar la situación cuando llega al 75 % del tope anual.
¿El Monotributo cubre todos los impuestos?
Sí. La cuota del Monotributo unifica en un solo pago los aportes al BPS (jubilación, FONASA si se elige esa opción, FRL) y los impuestos a DGI. No se liquida IVA, IRAE ni IRPF por separado. Es el régimen más simple del sistema tributario uruguayo.
¿En qué se diferencia el Literal E del Monotributo?
El Literal E permite facturar hasta $ 1.959.229 anuales (Decreto 310/025) y no tiene límite de empleados. El Monotributo está limitado a aproximadamente $ 1.175.000 anuales y admite hasta un dependiente. En Literal E se paga un IVA mínimo fijo a DGI más aportes BPS por separado; en Monotributo todo va en una única cuota mensual. Lea la guía completa de regímenes fiscales para más detalle.
¿Qué reducción tiene una empresa que recién inicia?
Las empresas que inician actividad bajo Literal E abonan una cuota reducida de IVA mínimo ante DGI: 25 % durante el primer ejercicio económico y 50 % durante el segundo. Esta calculadora aplica esa reducción únicamente sobre el IVA mínimo de DGI. Por separado, las empresas que inician actividad pueden acceder a una reducción gradual de aportes patronales jubilatorios ante el BPS, que se rige por su propia normativa; el alcance exacto de ambos beneficios a su caso lo confirmamos en el estudio.
¿Esta calculadora reemplaza al contador?
No. Esta herramienta indica el régimen que corresponde por ley e informa los costos fijos conocidos de ese régimen. El cálculo exacto —aportes BPS según el ficto de su giro, IVA real con deducción de compras, IRAE y deducciones particulares— depende de los datos concretos de su empresa y requiere liquidación profesional.
¿Necesita confirmar su régimen o cambiar de contador?
Con los datos de su empresa evaluamos el régimen óptimo, calculamos el costo real y le presentamos una propuesta en 48 horas hábiles, sin costo ni compromiso. Vea también la guía técnica completa de regímenes fiscales con todos los detalles normativos.